1.La pantalla de Nómina
En el menú lateral, entre a Nómina (grupo Gestión). Las pestañas organizan el módulo: Empleados, Nóminas, Regalía, Bonificación, Vacaciones, Permisos, Horas extra y una Guía legal de referencia.
Registre a sus empleados
En la pestaña Empleados, con «+ Nuevo empleado» capture el nombre, la cédula, la fecha de ingreso, el tipo de nómina (mensual o quincenal) y el salario base. Desde la misma lista puede editar, liquidar o desactivar.
Complete la ficha para el cumplimiento
La misma ficha guarda el cargo, la cuenta de banco para el pago, el NSS (Número de Seguridad Social ante la TSS), la nacionalidad, el sexo y la fecha de nacimiento. El sexo y la fecha de nacimiento son necesarios para la planilla DGT-3 del Ministerio de Trabajo; complételos desde el inicio.
2.Generar la nómina del período
Genere la prenómina
En la pestaña Nóminas, presione «Generar nómina», indique el período (por ejemplo, «Julio 2026») y sus fechas, y genere. El sistema calcula por cada empleado el salario del período y las retenciones de ley: SFS, AFP e ISR según la escala vigente de la DGII.
Revise y ajuste la prenómina
La prenómina queda en «Borrador»: revise el detalle por empleado — salario del período, horas extra, otros ingresos y las retenciones SFS y AFP ya calculadas — y registre los ajustes que apliquen (horas extra, otras deducciones como préstamos o adelantos). Presione «Aprobar y cerrar» cuando esté conforme.
Apruebe y pague
Al aprobar, la nómina queda en firme y su asiento de devengo se registra automáticamente (sueldos y aportes patronales contra las cuentas por pagar de TSS, ISR y sueldos). Con «Marcar como pagada», indique la cuenta bancaria: el sistema registra el retiro y el asiento del pago, y el detalle ofrece las descargas de Archivo banco, TSS e IR-3.
Las tasas aplicadas son las vigentes: SFS 3.04% y AFP 2.87% del empleado, más los aportes patronales, con sus topes cotizables.
Una nómina aprobada por error puede anularse: el sistema revierte su efecto contable y bancario.
3.Pague regalía, bonificación y vacaciones
Genere la regalía en diciembre
En la pestaña Regalía, la vista previa calcula el sueldo de Navidad de cada empleado (salario × meses trabajados / 12); la regalía no cotiza TSS y el ISR solo aplica al excedente sobre el monto exento. Genere el lote del año, revise el detalle y registre el pago indicando la cuenta bancaria.
Calcule la bonificación
En su pestaña, genere la participación en los beneficios; el sistema aplica la retención de ISR cuando corresponde. Igual que la regalía: revisar y pagar.
Administre las vacaciones
En la pestaña Vacaciones, registre el disfrute de cada empleado contra su derecho (14 días de ley) y pague el período. El sistema controla el saldo de días.
Cada beneficio pagado genera su asiento contable y, si sale de una cuenta bancaria, su movimiento de banco — igual que la nómina.
4.El cumplimiento: TSS e ISR
Con las nóminas del mes cerradas, el módulo de Reportes genera la Planilla TSS con el archivo de Autodeterminación Mensual listo para cargar en SUIR+, y el IR-3 con la retención de ISR de los asalariados. Ver el manual de Reportes DGII.
Remita el dinero a TSS e INFOTEP
Retener SFS, AFP e ISR de cada empleado es solo la mitad: ese dinero hay que remitirlo a las instituciones. En la pestaña Empleados, el aviso «Pendiente de remitir a las instituciones» muestra lo que debe a TSS (SFS + AFP + SRL, empleado y patronal) y a INFOTEP, con su fecha límite de ley. Presione «Pagar» en cada una.
Indique el monto y la cuenta de origen
Puede remitir el total pendiente o un abono parcial. Elija la cuenta bancaria desde donde sale el dinero y confirme: el sistema descuenta el saldo de esa cuenta y registra el asiento del pago, igual que cualquier otro egreso.
Todo queda en el historial
Cada pago remitido aparece en «Historial de pagos a instituciones» con su fecha, institución, cuenta usada, monto y quién lo registró — su rastro para la próxima auditoría o para cuadrar contra el comprobante del banco.
Un pago tarde a la TSS genera recargo: la referencia en pantalla (primeros 3 días hábiles del mes siguiente, vía SUIR+) es la fecha límite real de la ley, no un aviso genérico.
¿Necesita ayuda adicional?
Escríbanos a soporte@xpectro.com.do — soporte técnico desde República Dominicana.








